domingo, 9 de octubre de 2016

EMPRÉSTITO PÚBLICO

Por medio de este contrato, el Estado recauda dinero (recursos extraordinarios) emitiendo documentos públicos (títulos o bonos) para solucionar con ese dinero problemas de emergencia o para invertir en proyectos que generen riqueza en el futuro.

Esos documentos son puestos a la «venta» y los particulares los «compran» y le dan la plata al Estado.

Cada vez que uno de esos títulos vence, el Estado debe devolverle al particular el precio que pagó por ese documento más intereses, y el particular le devuelve su documento (es como un pagaré)

Definición de empréstito: préstamo oneroso de dinero que el Estado obtiene de los administrados según normas vigentes y por el cual debe pagar intereses (como todo préstamo de dinero).

Clases de empréstitos: 
  • externos (cuando los títulos se colocan fuera del país) o 
  • internos (cuando se colocan dentro del país). conf arts. 4 y 75 inc. 4 de la Constitución Nacional.
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EDITORIAL ESTUDIO
TEXTO DE LEY 19549 (PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS)


1 comentario:


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